"Sólo sé que nada sé... y ni de eso estoy seguro".
El viaje por el camino del conocimiento es un trayecto largo, infinito, inalcanzable para el hombre común... sólo un dios lo podría alcanzar, pero yo soy agnóstico.
La aventura del conocimiento existe, pero no tiene fin, cada etapa terminada, implica un renacer, un nuevo comienzo...
1º Objetivo del proyecto de la Ley General de Enseñanza (LGE). La nueva Ley General de Educación tiene como espíritu “la Libertad de Enseñanza acompañada de una Educación de Calidad para todos”.
2º Principios en que se funda la nueva Ley:
• Universalidad y educación permanente. La educación debe estar al alcance de todas las personas a lo largo de toda la vida. • Calidad de la educación. La educación debe propender a que todos los alumnos, independiente de sus condiciones y circunstancias, alcancen los estándares de aprendizaje que se definan de acuerdo a la ley. • Equidad del sistema de enseñanza. El sistema propenderá a la integración e inclusión de todos los sectores de la sociedad, estableciendo medidas de discriminación positiva para aquellos colectivos o personas que requieran de protección especial. • Participación. Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a ser considerados en el proceso educativo y en la toma de decisiones. • Responsabilidad. Todos los actores del proceso educativo deben ser evaluados y rendir cuenta pública respecto de sus logros educativos. • Articulación del sistema educativo. Las personas pueden entrar o salir de él, o cambiarse de modalidad, progresando en el sistema. • Transparencia de la información del conjunto del sistema educativo, incluyendo el de los resultados académicos. • Flexibilidad. El sistema debe permitir la adecuación del proceso a la diversidad de realidades y proyectos educativos institucionales.
3º Puntos principales del proyecto:
I- No-discriminación: El Estado velará por la igualdad de oportunidades y la inclusión educativa por intermedio de la aplicación de los criterios y condiciones de no-discriminación en la selección de alumnos en los establecimientos educacionales hasta octavo año básico. Así se aseguraría la igualdad de oportunidades para todos y todas.
II- Consejo: Creación del Consejo Nacional de Educación que reemplazará al antiguo Consejo Superior de Educación, creado durante el régimen militar. El nuevo consejo representativo (de todos los actores del sistema escolar, con una clara vocación por escuchar la voz de la sociedad) estará a cargo de definir el currículo, los estándares de calidad y la evaluación de los distintos sectores educativos. En su conformación se privilegiará la excelencia estableciendo altas exigencias de experiencia y de profesionalismo a sus miembros. Considera la elección de premios nacionales en distintas disciplinas aplicadas en los campos de la educación, representantes del sistema, docentes destacados o administradores. Es parte de una composición nueva, una mezcla de miembros o académicos de la educación superior con miembros del sistema escolar.
III- Sostenedores: Sólo podrán ostentar el cargo de sostenedor aquellas corporaciones municipales o fundaciones sin fines de lucro. Se fijará un plazo de cuatro años para que las entidades que actualmente tienen reconocimiento oficial puedan adecuarse a las nuevas exigencias.
IV- Nuevas exigencias: Giro único educacional y los sostenedores deberán demostrar que están entregando una educación de calidad, junto con rendir una cuenta detallada (en el caso de los establecimientos subvencionados) del uso de los fondos públicos.
4º Otros puntos que establece el proyecto de ley: • Regula el sistema escolar, entregando reglas claras para asegurar un servicio educativo de calidad para todos los niños, independiente de su condición social, económica, cultural o territorial. Establece claramente las condiciones y requisitos para la entrega del servicio educativo.
• Establece derechos y deberes para todos los actores del sistema educativo y genera condiciones para una participación activa de todos ellos en el proceso educativo.
• Equilibra el derecho a la libertad de enseñanza y a recibir educación de calidad. Los padres pueden escoger y acceder sin discriminación al establecimiento de enseñanza para sus hijos, y existe la libertad para abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales.
• Se generarán los mecanismos para contar con sistemas de evaluación de calidad de la educación de acuerdo a estándares que se definan nacionalmente. Además se deberán generar los apoyos técnicos y pedagógicos necesarios para mantener procesos de mejora continua en los establecimientos educaciones.• Promueve la transparencia del sistema educativo, exigiendo la publicación y libre acceso a la información respecto a proyectos educativos, resultados académicos, evaluaciones docentes y recursos financieros.
5º Principales diferencias del proyecto LGE con el antiguo cuerpo legal (LOCE), según el Ministerio de Educación:
• La antigua LOCE carece de legitimidad democrática en su origen y objetivos. La nueva Ley recoge los avances y aspiraciones democráticas de un Chile moderno e inclusivo.
• La LOCE fue pensada en función del problema del acceso a las escuelas. La nueva Ley responde a los actuales desafíos de lograr más calidad para todos.
• La nueva Ley se hace cargo de un mundo en trasformación acelerada: sociedad del conocimiento, globalización, nuevas tecnologías. La LOCE lo ignora.
• La LOCE se quedaba a medio camino en el rol del Estado y la necesidad de regulación pública. La nueva Ley, sin afectar la garantía de la libertad de enseñanza, fortalece el rol fiscalizador del Estado, basándose en políticas e instrumentos claros y transparentes propios del siglo XXI.
• La LOCE es una ley pragmática y parca en principios y valores. La nueva Ley tiene densidad cultural y valórica, al consagrar principios, valores y objetivos ricos en sentidos.
• La LOCE de 1990 era simplista al tener como referente sólo los tres grandes niveles de educación: básica, media y superior. La nueva ley supone un sistema educativo más complejo y a la vez más flexible. Hace justicia a la educación parvularia como nivel, a las modalidades de educación de adultos y especial, a las formaciones diferenciadas humanístico-científica, técnico-profesional y artística.
• La LOCE era miope respecto a la diversidad. La nueva Ley la reconoce y la atiende.
• La Ley de 1990 era una normativa relativa a la Enseñanza. La nueva Ley recupera el concepto más integral de Educación.